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Preguntas Frecuentes

Es una institución pública o privada autorizada por la Dirección General de Acreditación, Incorporación y Revalidación para aplicar exámenes y/o evaluaciones a la comunidad interesada

El Acuerdo 286 fue emitido por la Secretaría de Educación Pública (SEP) y establece los lineamientos aplicables a la revalidación de estudios realizados en el extranjero y la equivalencia de estudios, así como los procedimientos para la acreditación de conocimientos correspondientes a niveles educativos adquiridos en forma autodidacta o a través de la experiencia laboral.

Sí, al ingresar al programa se deberá solicitar el formato de factura, mismo que deberá ser llenado por el solicitante y enviado al departamento contable a la siguiente dirección de correo electrónico: tesoreria@instituto-icec.com

Es un instrumento de evaluación que permite valorar si el sustentante es apto para acreditar las evaluaciones nacionales y se aplica al terminar el Curso Intensivo de Titulación.

En caso de no acreditar alguna evaluación, el alumno deberá presentarla nuevamente en la siguiente fecha disponible, sin costo alguno.

Una vez acreditadas ambas evaluaciones, en un lapso de 30 a 90 días hábiles para recibir el documento.

No, el trámite de cédula es personal. Al ser acreditado por la SEP, el personal académico se comunicará con el profesional titulado para asesorarlo en el trámite de la misma.